La presencia de un signo de peligro o de alarma durante el embarazo requiere de una respuesta inmediata y eficaz por parte de la gestante, su pareja, su entorno familiar y la comunidad. Si se llega tarde al servicio de salud apropiado, la madre y el bebé pueden empeorar, aumentando así el riesgo de muerte para ambos.
Antes que exista realmente la emergencia, es mejor elaborar un plan con toda la familia y personas que vivan con la gestante, para que sepan qué hacer y cómo actuar antes, durante y después de la emergencia de la embarazada.
¿Qué se debe considerar en el plan de emergencia?
- Que toda gestante está bajo riesgo de tener complicaciones graves en cualquier momento, aunque su embarazo esté desarrollándose bien.
- Que la gestante y su entorno sepan cuáles son los signos de peligro o de alarma y que éstos necesitan atención médica inmediata.
- Identificar el establecimiento de salud apropiado a donde acudir.
- Acordar qué personas la acompañarán al establecimiento de salud identificado (pareja, familiar u otra persona).
- Determinar cómo va a trasladarse a la gestante. Asegurarse que el medio de transporte a utilizar en la emergencia esté disponible en cualquier momento.
- Planificar quiénes quedarán al cuidado de los otros miembros de la familia y de la casa cuando se da la emergencia.
- Tener dinero disponible al alcance de la gestante para cubrir los gastos mínimos que se generen en la atención de la emergencia (transporte, consulta, medicinas, entre otros).
- Tener un maletín listo con los artículos de uso personal necesarios para la gestante y su bebé. Esta información se puede obtener en el establecimiento de salud durante el control pre natal (bata, ropa interior, cepillo de dientes, pasta dental, jabón, peine, pañales, ropa del bebé, entre otros).
- Decidir cómo se van a comunicar la pareja y/o familiares clave durante la emergencia.
- La gestante debe ser llevada inmediatamente al establecimiento de salud por quien esté con ella en ese momento. No esperar necesariamente que la pareja llegue; él y los demás miembros de la familia pueden concurrir directamente al servicio de salud.
1 comentario:
MUY BUENA LA INFORMACION PERO FALTÓ LA REFERENCIA BIBLIOGRAFICA
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